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COMITÉ DE POLÍTICA PÚBLICA ACCDN

Leyes y Reglamentación aplicable a los Centros de Cuidado y Desarrollo del Niño

Ley Num. 173 de 12 de agosto de 2016

Ley para el Licenciamiento de Establecimientos de Cuidado, Desarrollo y Aprendizaje de los Niños y Niñas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Reglamento 8860 para  Licenciamiento y Supervisión de establecimientos para niños 

 

Ley Núm. 246 del año 2011 

Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores; derogar la Ley 177 de 2003 y enmendar Ley 201 de 2003, Ley de la Judicatura.  

 

Ley Número 25 de Inmunización

Puerto Rico Electronic Immunization System (PREIS) PREIS-Web Main Page (stchealthops.com)

La Ley 199 del 4 de diciembre de 2015

Ley para la Atención de los Estudiantes con Diabetes Tipo 1 y Tipo 2 en las Instituciones Escolares Públicas y Privadas de Puerto Rico a los fines de establecer el protocolo a seguir en las escuelas para atender, manejar, tratar y garantizar acomodo razonable y adecuado a los estudiantes de escuela elemental, intermedia y superior, que sean pacientes de Diabetes Tipo 1 y Tipo 2; establecer la Política Pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de prohibir el discrimen por razón de la condición médica de estos estudiantes; y para otros fines relacionados.

Ley Núm. 46 de 16 de mayo de 2016

Para añadir un nuevo Artículo 1.1 a la Ley 42-2015, según enmendada, a los fines de disponer que todo establecimiento comercial que realice negocios en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, provea al menos dos (2) alternativas de pago a sus clientes y consumidores, una (1) de las cuales deberá ser un medio electrónico mediante el pago con tarjeta de crédito, o tarjeta de débito; para enmendar los Artículos 2 y 5 de la Ley 42-2015, supra, a los fines de atemperar esta Ley a las nuevas disposiciones comerciales y de servicios aquí dispuestas; y para otros fines.

Conoce todo sobre el Proyecto de la Cámara 1041

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CONOCE EL P DE LA C 1041 v4.png
Proyectos de la Cámara y/o Senado en los que hemos presentado ponencia

R. de la S. 3447 del 18 de septiembre del 2003

Para ordenar a las Comisiones de Bienestar Social y Comunidades Especiales y Asuntos Ambientales del Senado del Estado Asociado de Puerto Rico que realicen una investigación dirigida a determinar el efecto que tienen las leyes y reglamentos aplicables a los “Centros de Cuidado y Desarrollo para Niños y Niñas” sobre costos y eficiencia en las operaciones de éstos y además, determinar las incongruencias que existen, si alguna, entre esas leyes y reglamentos al momento de ser aplicados.

 

R. de la C. 5967 del 30 DE NOVIEMBRE DE 2006

Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, que realice una investigación dirigida a determinar el efecto que tienen las leyes y reglamentos aplicables a los “Centros de Cuidado y Desarrollo para Niños y Niñas” sobre los costos y eficiencia en las operaciones de éstos y además, determinar las incongruencias que existen, si alguna, entre esas leyes y reglamentos al momento de ser aplicados. 

 

P. de la C. 3610 7 DE MAYO DE 2007

Para adicionar la Sección 2513,  al Capítulo 3,  de la Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994” a los fines de eximir a los centros de cuido de niños del  pago del impuesto sobre la venta (IVU). 

 

P. del S. 2080 del 8 de mayo de 2007

Para adoptar la “Ley para la Implantación de la Política Pública para la Niñez Temprana” a fin establecer la Política Pública de la Niñez Temprana en Puerto Rico basada en su desarrollo integral; establecer las responsabilidades del Gobierno Central y de los Gobiernos Municipales; facilitar la coordinación entre las organizaciones que ofrecen servicios a la niñez; crear la Comisión para la Implantación de la Política Pública para la Niñez Temprana y establecer sus deberes y responsabilidades, y para otros fines.

 

P. DE LA C. 964   INFORME POSITIVO del 23 de mayo de 2013

El Proyecto de la Cámara Núm. 964 proponer enmendar la Sección 9 de la Ley Núm. 3 de 15 de febrero de 1955, según enmendada, añadiendo al inciso (j) un sub inciso (6), a fin establecer en el plan operacional de emergencia de los centros de cuido para niños, un protocolo de comunicación preventiva con el padre, madre o tutor cuando el niño no haya llegado a la institución luego de transcurrido cuarenta y cinco (45) minutos de la hora de entrada.

 

Proyecto de la Cámara 736 del 2014

Proyecto de la Cámara 736, para enmendar la Sección 12 de la Ley Núm. 3 de 15 de febrero de 1955, según enmendada, la cual ordena al Departamento de la Familia a publicar, en su página de la Internet, la lista de los centros de cuido de niños y el status de la licencia de éstos, a fines de que como parte de la información a divulgarse, se incluya aquella queja relativa a cualquier querella, queja o denuncia que se genere contra un establecimiento de cuidado de niños y la determinación de la referida Agencia cunado advenga final y firme sobre cada caso; y para otros fines relacionados.

 

P. DE LA C. 996 del 2014

PROYECTO DE LA CÁMARA NÚMERO 996 el cual propone: “Para añadir un inciso (k) a la sección 9 de la Ley Núm. 3 de 15 de febrero de 1955, según enmendada, a fin de disponer, como requisito para la obtención de una licencia para operar un hogar de crianza o un hogar grupal de niños, en el que el operador y todo su personal sean evaluados psicológicamente.  El costo de dicha evaluación será sufragado por el establecimiento”.

 

P.DE LA C. 2329 del 2015

PROYECTO DE LA CAMARA NUMERO 2329, PARA CREAR LA “LEY DE TRANSFORMACION AL SISTEMA CONTRIBUTIVO DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO “

P de la C 2714 del 2015       

Para establecer la nueva "Ley para el Licenciamiento de Establecimientos para el Cuidado, Aprendizaje y Desarrollo de los Niños y Niñas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico"; conceder al Departamento de la Familia la facultad para establecer un sistema para el licenciamiento y supervisión de los establecimientos dedicados al cuidado, aprendizaje y desarrollo de los niños y niñas de Puerto Rico; establecer las disposiciones para el licenciamiento de todos los establecimientos para el Cuidado, Aprendizaje y Desarrollo de los Niños y Niñas en Puerto Rico; disponer como requisito de la licencia la aprobación del Departamento de Educación del currículo formal que el establecimiento prefiera desarrollar; implementar un programa de educación continua o desarrollo profesional del personal; establecer los procesos de medición de calidad de los servicios; establecer el Fondo Especial para el Programa de Licenciamiento de los Establecimientos de Cuidado, Aprendizaje y Desarrollo de los Niños y Niñas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; disponer sobre la reglamentación aplicable; derogar la Ley Núm. 3 de 15 de febrero de 1955, según enmendada, que establece el sistema vigente para el licenciamiento y supervisión de los establecimientos privados y públicos existentes en Puerto Rico para el cuidado de niños(as); fijar penalidades; y para otros fines relacionados.

P de la C 1041 del 2021

Para enmendar Los artículos 1.01, 1.02, 1.03, 1.04, 1.05; Enmendar el título del capítulo II; enmendar los artículos 2.01, 2.01 A, 2.03, 2.04, 2.05, 2.08, 2.010, 2.011, 2.012, 2.3, 2.14, 2.16, 2.17, 2.19, 2.20; enmendar el artículo del subcapítulo E del capítulo II; enmendar los artículos 2.22, 2.23; enmendar el título del capítulo III; enmendar los artículos 3.03, 3.08, 3.10, 4.01, 5.01, 5.03; derogar el capítulo VI; re numerar el título del capítulo VII; enmendar y reenumerar El artículo 7.01; reenumerar el artículo 7.02; enmendar y re enumerar el artículo 7.03; enmendar ir enumerar el título del capítulo VIII; enmendar y reenumerar los artículos 8.01, 8.02; reenumerar el Capítulo IX; enmendar ir enumerar los artículos 9.01 y 9.02; re numerar los artículos 9.03, 9.04; enmendar ir enumerar el artículo 9.05,y re numerar los artículos 9.06, 9.07, 9.08, 9.09, 9.10, nueve puntos 11 y 9.12 de la ley 173-2016, según enmendada, conocida como “ ley para licenciamiento de establecimientos de cuidado, desarrollo, y aprendizaje de los niños y niñas en Puerto Rico”; A los fines de corregir y clarificar algunas de sus disposiciones y atemperar la a preceptos federales o estatales que han sido enmendados y derogados, así como actualizarla a los cambios y realidades; y para otros fines relacionados.

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